Con la finalidad de promover la inversión privada, el Perú ha establecido un marco legal estable y atractivo para la inversión, tanto nacional como extranjera.
La Constitución del Perú (1993) contiene normas que consagran principios esenciales para garantizar un marco jurídico favorable a la inversión privada en general y a la inversión extranjera en particular. Un principio fundamental es el de igualdad en el trato para la inversión nacional y extranjera. Las principales normas de tratamiento de la inversión privada son:
De acuerdo a las referidas normas, algunos puntos importantes a resaltar para la inversión extranjera son los siguientes:
Derechos Básicos del Inversionista Extranjero |
- Derecho de recibir un trato no discriminatorio frente al inversionista nacional. |
Modalidades de Inversión Extranjera |
La inversión extranjera se puede dar libremente en cualquiera de las formas empresariales reconocidas por la ley, bajo las siguientes modalidades: |
Libre Acceso a Sectores Económicos |
Las inversiones extranjeras son permitidas sin restricciones en la gran mayoría de actividades económicas y no requieren de autorización previa. Son muy pocas las actividades que presentan restricciones a la inversión extranjera, como el transporte aéreo, el transporte marítimo, la seguridad y vigilancia privada, la inversión en zonas naturales protegidas y la fabricación de armas de guerra |
Derecho de Propiedad |
De acuerdo a la Constitución Peruana, el derecho de propiedad es inviolable, salvo casos excepcionales en que se permite la expropiación previo pago de una indemnización justipreciada que incluya compensación por el eventual perjuicio. |
Requisito de Rendimiento |
Respetando los compromisos asumidos en la OMC, ningún mecanismo de selección ni requisito de rendimiento es aplicado o exigido a la inversión extranjera. |
Libertad de la Organización y el Desarrollo de Actividades |
Toda empresa tiene derecho a organizar y desarrollar sus actividades en la forma que juzgue conveniente. Se ha derogado toda disposición legal que fije modalidades de producción o índices de productividad, que prohíba u obligue a la utilización de insumos o procesos tecnológicos y, en general, intervenga en los procesos productivos de las empresas; salvo las disposiciones legales referidas a la higiene y seguridad industrial, la conservación del medio ambiente y la salud. |
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